La misma acaba de ser creada por resolución comunal. Las tareas de relevamiento para llegar a esta decisión comenzaron en el 2020.
En su mirada de conservación de los ecosistemas y el ordenamiento territorial, Villa Ciudad Parque acaba de declarar «Zona Natural Protegida» a la costa del embalse Los Molinos, que se encuentra dentro de la jurisdicción del pueblo.
Los trabajos para llegar a tal decisión iniciaron allá por el 2020 con un relevamiento aéreo, terrestre y acuático, impulsado por el Juzgado de Faltas y la Dirección de Ambiente y Bienes Comunes de Villa Ciudad Parque. «Se constató así que, existe un avance de privados sobre espacios públicos en la franja costera del “perilago”, que está provocando impactos ambientales negativos en el ecosistema de la costa del lago», indicaron.
A partir de este resultado, y en pos de «conservar los ambientes naturales costeros del Dique los Molinos, proteger el embalse como recurso hídrico, recreativo y turístico, recuperar espacios de uso público, ordenar las urbanizaciones existentes y futuras, y contribuir a la educación ambiental de residentes y visitantes», es que la Comuna redactó la Resolución Comunal Nº 069/21, que establece:
Declarar zona Natural Protegida: a la zona que comprende toda la costa del embalse Los Molinos dentro de la jurisdicción de Villa Ciudad Parque creándose La “ZONA NATURAL PROTEGIDA Y RESERVA NATURAL y RECREATIVA COSTA LOS MOLINOS”.
Se declara ZONA DE AMORTIGUAMIENTO a toda la superficie comprendida entre los límites de estas áreas protegidas hasta los 500 metros colindantes.
Se REGULA EL USO DEL SUELO EN LAS ÁREAS DE RESERVA Y DE AMORTIGUAMIENTO de la siguiente manera y bajo las siguientes condiciones:
• Se prohíbe la deforestación de bosque nativo en cualquier estado de conservación existente.
• Se prohíbe la parquización y/o forestación con especies exóticas invasoras.
• Se prohíbe la caza o captura de fauna silvestre.
• Se prohíbe la quema de pasturas.
• Se prohíbe el movimiento de suelo sin la autorización ambiental.
• Se prohíbe la actividad minera, incluyendo la extracción de áridos.
• Se requerirá a toda actividad de urbanización comercial, turística, productiva y /o industrial, la presentación previa ante la Dirección de Ambiente y bienes comunes, para su aprobación, de un informe de impacto ambiental y propuestas para su mitigación.
• La tenencia de animales domésticos deberá garantizar la conservación del hábitat de especies de fauna protegida.



Excelente gestión, es urgente regularizar estas áreas a nivel provincial…
Ningún avance de pueblos debe ser en desmedro del ambiente y aún mas tratándose de fines comerciales…
Esta medida es un ejemplo a seguir !!